Nota previa §1. LEY 50/2002, DE 26 DE DICIEMBRE, DE FUNDACIONES (B.O.E. de 27 de diciembre de 2002) Exposición de motivos Cap. I. Disposiciones generales  Artículo 1. Objeto de la ley Artículo 2. Concepto Artículo 3. Fines y beneficiarios Artículo 4. Personalidad jurídica Artículo 5. Denominación Artículo 6. Domicilio Artículo 7. Fundaciones extranjeras Cap. II. Constitución de la Fundación  Artículo 8. Capacidad para fundar Artículo 9. Modalidades de constitución Artículo 10. Escritura de constitución Artículo 11. Estatutos Artículo 12. Dotación Artículo 13. Fundación en proceso de formación Cap. III. Gobierno de la Fundación  Artículo 14. Patronato Artículo 15. Patronos Artículo 16. Delegación y apoderamientos Artículo 17. Responsabilidad de los patronos Artículo 18. Sustitución, cese y suspensión de patronos Cap. IV. Patrimonio de la Fundación  Artículo 19. Composición, administración y disposición del patrimonio Artículo 20. Titularidad de bienes y derechos Artículo 21. Enajenación y gravamen Artículo 22. Herencias y donaciones Cap. V. Funcionamiento y actividad de la Fundación  Artículo 23. Principios de actuación Artículo 24. Actividades económicas Artículo 25. Contabilidad, auditoría y plan de actuación Artículo 26. Obtención de ingresos Artículo 27. Destino de rentas e ingresos Artículo 28. Autocontratación Cap. VI. Modificación, fusión y extinción de la Fundación  Artículo 29. Modificación de los Estatutos Artículo 30. Fusión Artículo 31. Causas de extinción Artículo 32. Formas de extinción Artículo 33. Liquidación Cap. VII. El Protectorado Artículo 34. Protectorado Artículo 35. Funciones del Protectorado Cap. VIII. El Registro de Fundaciones de competencia estatal Artículo 36. El Registro de Fundaciones de competencia estatal Artículo 37. Efectos Cap. IX. El Consejo Superior de Fundaciones  Artículo 38. Consejo Superior de Fundaciones Artículo 39. Fundaciones del Consejo Superior de Fundaciones Artículo 40. Comisión de cooperación e información registral Cap. X. Autorizaciones, intervención temporal y recursos Artículo 41. Autorizaciones Artículo 42. Intervención temporal Artículo 43. Recursos jurisdiccionales Cap. XI. Fundaciones del sector público estatal  Artículo 44. Concepto Artículo 45. Creación Artículo 46. Régimen jurídico Disposiciones adicionales Primera. Fundaciones del Patrimonio Nacional Segunda. Fundaciones de entidades religiosas Tercera. Fundaciones públicas excluidas Cuarta. Fundaciones constituidas al amparo de la Ley 15/1997, de 25 de abril, sobre habilitación de nuevas formas de gestión del Sistema Nacional de Salud Quinta. Obligaciones de los notarios Sexta. Depósito de cuentas y legalización de libros Séptima. Fundaciones vinculadas a los partidos políticos Disposiciones transitorias Primera. Adaptación de los Estatutos de las fundaciones y modificación de la dotación Segunda. Fundaciones preexistentes del sector público estatal Tercera. Protectorados de fundaciones Cuarta. Registros de Fundaciones de competencia estatal Disposición derogatoria Única. Derogación normativa Disposiciones finales Primera. Aplicación de la Ley Segunda. Modificación del apartado 5 del artículo 6 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, aprobado por Real Decreto legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre Tercera. Adaptación del Plan General de Contabilidad y normas de elaboración del plan de actuación Cuarta. Desarrollo reglamentario Quinta. Entrada en vigor §2. LEY 49/2002, DE 23 DE DICIEMBRE, DE RÉGIMEN FISCAL DE LAS ENTIDADES SIN FINES LUCRATIVOS Y DE LOS INCENTIVOS FISCALES AL MECENAZGO (B.O.E. de 24 de diciembre de 2002) Exposición de motivos Tít. I. Objeto y ámbito de aplicación  Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación Tít. II. Régimen fiscal especial de las entidades sin fines lucrativos  Cap. I. Normas generales Artículo 2. Entidades sin fines lucrativos Artículo 3. Requisitos de las entidades sin fines lucrativos Artículo 4. Domicilio fiscal Cap. II. Impuesto sobre Sociedades Artículo 5. Normativa aplicativa Artículo 6. Rentas exentas Artículo 7. Explotaciones económicas exentas Artículo 8. Determinación de la base imponible Artículo 9. Normas de valoración Artículo 10. Tipo de gravamen Artículo 11. Obligaciones contables Artículo 12. Rentas no sujetas a retención Artículo 13. Obligación de declarar Artículo 14. Aplicación del régimen fiscal especial Cap. III. Tributos locales Artículo 15. Tributos locales Tít. III. Incentivos fiscales al mecenazgo  Cap. I. Entidades beneficiarias Artículo 16. Entidades beneficiarias del mecenazgo Cap. II. Régimen fiscal de las donaciones y aportaciones Artículo 17. Donativos, donaciones y aportaciones deducibles Artículo 18. Base de las deducciones por donativos, donaciones y aportaciones Artículo 19. Deducción de la cuota del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas Artículo 20. Deducción de la cuota del Impuesto sobre Sociedades Artículo 21. Deducción de la cuota del Impuesto sobre la Renta de no Residentes Artículo 22. Actividades prioritarias del mecenazgo Artículo 23. Exención de las rentas derivadas de donativos, donaciones y aportaciones Artículo 24. Justificación de los donativos, donaciones y aportaciones deducibles Cap. III. Régimen fiscal de otras formas de mecenazgo Artículo 25. Convenios de colaboración empresarial en actividades de interés general Artículo 26. Gastos en actividades de interés general Artículo 27. Programas de apoyo o acontecimientos de excepcional interés público Disposiciones adicionales Primera. Modificación de la Ley 40/1998, de 9 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras normas tributarias Segunda. Modificación de la Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades Tercera. Modificación del Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados Cuarta. Régimen fiscal de los bienes integrantes del Patrimonio Histórico de las Comunidades Autónomas Quinta. Régimen tributario de la Cruz Roja Española y de la Organización Nacional de Ciegos Españoles Sexta. Régimen tributario de la Obra Pía de los Santos Lugares Séptima. Régimen tributario de los consorcios Casa de América, Casa Asia e «Institut Europeu de la Mediterrània» Octava. Fundaciones de entidades religiosas Novena. Régimen tributario de la Iglesia Católica y de otras iglesias, confesiones y comunidades religiosas Décima. Régimen tributario del Instituto de España y las Reales Academias integradas en el mismo, así como de las instituciones de las Comunidades Autónomas que tengan fines análogos a los de la Real Academia Española Decimoprimera. Obra social de las cajas de ahorro Decimosegunda. Federaciones deportivas, Comité Olímpico y Comité Paralímpico Español Decimotercera. Régimen tributario de las entidades benéficas de construcción Decimocuarta. Consultas vinculantes Decimoquinta. Ciudades, conjuntos y bienes declarados Patrimonio Mundial por la UNESCO situados en España Decimosexta. Haciendas Locales Decimoséptima. Remisiones normativas Disposiciones transitorias Primera. Régimen transitorio de las exenciones concedidas al amparo de la Ley 30/1994, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General Segunda. Régimen transitorio de los administradores de sociedades mercantiles nombrados por entidades sin fines lucrativos Tercera. Adaptación de los estatutos Disposición derogatoria Única Disposiciones finales Primera. Habilitación a la Ley de Presupuestos Generales del Estado Segunda. Habilitación normativa Tercera. Entrada en vigor Anexo  §3. real decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento de fundaciones de competencia estatal (B.O.E. de 22 de noviembre de 2005) Artículo único. Aprobación del Reglamento  Disposiciones adicionales Primera. Registro de fundaciones de competencia estatal Segunda. Normas contables Tercera. Normas de elaboración del plan de actuación Disposición transitoria Única. Registros de fundaciones Disposición derogatoria Única. Derogación normativa Disposiciones finales Primera. Desarrollo normativo Segunda. Entrada en vigor reglamento de fundaciones de competencia estatal Cap. I. Disposiciones generales Artículo 1. Objeto del reglamento Artículo 2. Ámbito de aplicación Artículo 3. Denominación de las fundaciones Artículo 4. Delegaciones en España de fundaciones extranjeras Cap. II. Constitución de la fundación  Artículo 5. Acreditación de las aportaciones a la dotación Artículo 6. Valoración de las aportaciones a la dotación Artículo 7. Fundación en proceso de formación Cap. III. Gobierno de la fundación  Artículo 8. Normas de organización del patronato Artículo 9. Convocatoria y constitución del patronato Artículo 10. Composición del patronato Artículo 11. Adopción de acuerdos por el patronato Artículo 12. Actas de las sesiones del patronato Artículo 13. Funciones del presidente y vicepresidente del patronato Artículo 14. Funciones del secretario del patronato Artículo 15. Otros órganos de la fundación Cap. IV. Patrimonio de la fundación  Artículo 16. Composición del patrimonio Artículo 17. Régimen de disposición y gravamen de los bienes de la fundación Artículo 18. Contenido de la solicitud de autorización y de la comunicación Artículo 19. Procedimiento de autorización administrativa Artículo 20. Autorización anual para la enajenación de valores cotizados Artículo 21. Efectos de la falta de autorización o de comunicación Artículo 22. Reducción grave de los fondos propios Cap. V. Actividad de la fundación y gestión económica  Secc. 1.ª Actividades fundacionales Artículo 23. Actividades de la fundación Artículo 24. Participación de la fundación en sociedades mercantiles Artículo 25. Códigos de conducta para la realización de inversiones temporales Secc. 2.ª Plan de actuación, contabilidad y auditoría Artículo 26. Plan de actuación Artículo 27. Libros de contabilidad Artículo 28. Cuentas anuales Artículo 29. Cuentas consolidadas Artículo 30. Descripción de las actividades fundacionales en la memoria Artículo 31. Auditoría externa Secc. 3.ª Gestión económica Artículo 32. Destino de rentas e ingresos Artículo 33. Gastos de administración Artículo 34. Remuneración de patronos y autocontratación Cap. VI. Intervención temporal  Artículo 35. Intervención temporal Cap. VII. Modificación, fusión y extinción de la fundación  Artículo 36. Procedimiento de modificación estatutaria Artículo 37. Procedimiento de fusión de fundaciones Artículo 38. Procedimiento de extinción de la fundación Artículo 39. Procedimiento y criterios de liquidación Cap. VIII. El protectorado  Artículo 40. Organización general del protectorado Artículo 41. Atribuciones del protectorado Artículo 42. Funciones de apoyo, impulso y asesoramiento Artículo 43. Funciones en relación con el proceso de constitución Artículo 44. Funciones en relación con el patronato Artículo 45. Funciones en relación con el patrimonio de la fundación Artículo 46. Funciones relativas al cumplimiento de fines Artículo 47. Funciones en relación con la modificación, fusión y extinción de las fundaciones Artículo 48. Funciones en relación con el ejercicio de las acciones legalmente previstas Cap. IX. El Consejo Superior de Fundaciones  Artículo 49. Naturaleza y estructura Artículo 50. Funciones Artículo 51. Pleno del Consejo Artículo 52. Vocales representantes de las fundaciones Artículo 53. Comisión Permanente Artículo 54. Comisión de Cooperación e Información Registral Artículo 55. Funcionamiento Disposiciones adicionales Primera. Fundaciones laborales Segunda. Auditoría externa y plan de actuación de las fundaciones del sector público estatal Tercera. Inventario §4. real decreto 1270/2003, de 10 de octubre, por el que se aprueba el reglamento para la aplicación del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo (B.O.E. de 23 de octubre) Artículo único. Aprobación del Reglamento para la aplicación del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo  Disposición derogatoria Única. Derogación normativa Disposiciones finales Primera. Modificación del Reglamento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por el Real Decreto 828/1995, de 29 de mayo Segunda. Modificación del Reglamento del impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 214/1999, de 5 de febrero Tercera. Modificación del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto 537/1997, de 14 de abril Cuarta. Entrada en vigor reglamento para la aplicación del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo Cap. I. Procedimiento para la aplicación del régimen fiscal especial de las entidades sin fines lucrativos, memoria económica y acreditación del derecho a la exclusión de la obligación de retener e ingresar a cuenta Artículo 1. Opción para la aplicación del régimen fiscal especial de las entidades sin fines lucrativos Artículo 2. Aplicación del régimen fiscal especial a efectos de los tributos locales Artículo 3. Memoria económica Artículo 4. Acreditación a efectos de la exclusión de la obligación de retener o ingresar a cuenta respecto de las rentas exentas percibidas por las entidades sin fines lucrativos Artículo 5. Retribuciones de los administradores nombrados en representación de las entidades sin fines lucrativos Cap. II. Procedimiento para la aplicación de los incentivos fiscales al mecenazgo  Artículo 6. Certificación y declaración informativa de los donativos, donaciones y aportaciones recibidas Cap. III. Procedimiento para la aplicación de los beneficios fiscales previstos en los programas de apoyo a acontecimientos de excepcional interés público  Artículo 7. Contenido y ámbito de aplicación Artículo 8. Requisitos de las inversiones, gastos, actividades u operaciones con derecho a deducción o bonificación Artículo 9. Procedimiento para el reconocimiento de los beneficios fiscales por la Administración Tributaria Artículo 10. Certificaciones del consorcio o del órgano administrativo correspondiente Artículo 11. Remisión de las certificaciones expedidas por el consorcio o el órgano administrativo Artículo 12. Aplicación del régimen de mecenazgo prioritario Disposición adicional Única. La Iglesia Católica y otras iglesias, confesiones y comunidades religiosas: aplicación del régimen fiscal especial y acreditación a efectos de la exclusión de la obligación de retener o ingresar a cuenta Disposición transitoria Única. Opción por el régimen fiscal especial para determinados períodos impositivos Índice analítico