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La renuncia del abogado en el contrato de servicios: incumplimiento contractual e irrelevancia procesal / Gabriel Macanás Vicente in Indret, núm. 3 (2015)
[article]
Títol : La renuncia del abogado en el contrato de servicios: incumplimiento contractual e irrelevancia procesal Tipus de document : document electrònic Autors : Gabriel Macanás Vicente, Autor Article a la pàgina : 64 p. Paraules clau : Contractes d'arrendament de serveis Advocats Resolució Responsabilitat Classificació : 347.454.5 Arrendament de serveis en general. Resum : Cada día, abogados renuncian a la defensa de sus clientes, como si acaso tuviesen una facultad especial, libérrima y unilateral de extinguir el contrato de servicios que les vincula. Sin embargo, ni la regulación de la relación abogado-cliente ni de los contratos sinalagmáticos en general permite que el letrado determine la extinción del vínculo por su mera voluntad unilateral. Por lo tanto, la “extinción” unilateral del contrato puede considerarse como un supuesto de incumplimiento del letrado, que no debería afectar ni a un proceso judicial existente ni a sus intervinientes. Además, si el incumplimiento resulta dañoso para el cliente -o terceros relacionados con el proceso-, el abogado se verá sujeto a la responsabilidad civil pertinente. Eventualmente, podría quedar sometido por el mismo acto a responsabilidad disciplinaria o incluso penal. Enllaç al recurs electrònic : http://www.indret.com/pdf/1166_es.pdf Permalink : http://icam.floss.cat/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=1515
in Indret > núm. 3 (2015) . - 64 p.[article] La renuncia del abogado en el contrato de servicios: incumplimiento contractual e irrelevancia procesal [document electrònic] / Gabriel Macanás Vicente, Autor . - 64 p.
in Indret > núm. 3 (2015) . - 64 p.
Paraules clau : Contractes d'arrendament de serveis Advocats Resolució Responsabilitat Classificació : 347.454.5 Arrendament de serveis en general. Resum : Cada día, abogados renuncian a la defensa de sus clientes, como si acaso tuviesen una facultad especial, libérrima y unilateral de extinguir el contrato de servicios que les vincula. Sin embargo, ni la regulación de la relación abogado-cliente ni de los contratos sinalagmáticos en general permite que el letrado determine la extinción del vínculo por su mera voluntad unilateral. Por lo tanto, la “extinción” unilateral del contrato puede considerarse como un supuesto de incumplimiento del letrado, que no debería afectar ni a un proceso judicial existente ni a sus intervinientes. Además, si el incumplimiento resulta dañoso para el cliente -o terceros relacionados con el proceso-, el abogado se verá sujeto a la responsabilidad civil pertinente. Eventualmente, podría quedar sometido por el mismo acto a responsabilidad disciplinaria o incluso penal. Enllaç al recurs electrònic : http://www.indret.com/pdf/1166_es.pdf Permalink : http://icam.floss.cat/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=1515 Exemplars
Codi de barres Signatura topogràfica Tipus de document Localització Secció Estat cap exemplar Riesgo imprevisible y modificación de los contratos / MA Ángeles Parra Lucán in Indret, núm. 4 (2015)
[article]
Títol : Riesgo imprevisible y modificación de los contratos Tipus de document : document electrònic Autors : MA Ángeles Parra Lucán, Autor Article a la pàgina : 54 p. Idioma : Castellà (spa) Paraules clau : Obligacions i contractes Interpretació Resolució Classificació : 347.42 EFECTES DE LES OBLIGACIONS Resum : Riesgo imprevisible y modificación de los contratos
MA Ángeles Parra Lucán 27/10/2015
El Derecho español carece de una disposición general que permita la modificación judicial de las relaciones obligatorias en caso de alteración sobrevenida de las circunstancias. La situación de crisis económica ha movido a un sector de la doctrina, siguiendo la estela de las propuestas europeas de armonización del Derecho de contratos, a exigir la revisión de la tradicional aplicación excepcional de la cláusula rebus sic stantibus. Los aires de renovación se han reflejado en los anteproyectos españoles de modernización del Código civil y del Código mercantil y han llegado a la jurisprudencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo. En este trabajo se analiza la posibilidad de que, en ausencia de norma expresa que lo permita, los tribunales procedan a una modificación de los contratos con el fin de mantener el equilibrio inicialmente pactado. Puesto que en nuestro sistema la seguridad jurídica de las relaciones económicas deriva de la vinculación contractual, para evitar que se generen incentivos al incumplimiento que aumenten la litigiosidad, será preciso que las excepciones al principio pacta sunt servanda estén justificadas por criterios claros que puedan fundamentarse en la ley.Enllaç al recurs electrònic : http://www.indret.com/code/getPdf.php?id=1907&pdf=1187_es.pdf Format del recurs electrònic : Accés al document Permalink : http://icam.floss.cat/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=1519
in Indret > núm. 4 (2015) . - 54 p.[article] Riesgo imprevisible y modificación de los contratos [document electrònic] / MA Ángeles Parra Lucán, Autor . - 54 p.
Idioma : Castellà (spa)
in Indret > núm. 4 (2015) . - 54 p.
Paraules clau : Obligacions i contractes Interpretació Resolució Classificació : 347.42 EFECTES DE LES OBLIGACIONS Resum : Riesgo imprevisible y modificación de los contratos
MA Ángeles Parra Lucán 27/10/2015
El Derecho español carece de una disposición general que permita la modificación judicial de las relaciones obligatorias en caso de alteración sobrevenida de las circunstancias. La situación de crisis económica ha movido a un sector de la doctrina, siguiendo la estela de las propuestas europeas de armonización del Derecho de contratos, a exigir la revisión de la tradicional aplicación excepcional de la cláusula rebus sic stantibus. Los aires de renovación se han reflejado en los anteproyectos españoles de modernización del Código civil y del Código mercantil y han llegado a la jurisprudencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo. En este trabajo se analiza la posibilidad de que, en ausencia de norma expresa que lo permita, los tribunales procedan a una modificación de los contratos con el fin de mantener el equilibrio inicialmente pactado. Puesto que en nuestro sistema la seguridad jurídica de las relaciones económicas deriva de la vinculación contractual, para evitar que se generen incentivos al incumplimiento que aumenten la litigiosidad, será preciso que las excepciones al principio pacta sunt servanda estén justificadas por criterios claros que puedan fundamentarse en la ley.Enllaç al recurs electrònic : http://www.indret.com/code/getPdf.php?id=1907&pdf=1187_es.pdf Format del recurs electrònic : Accés al document Permalink : http://icam.floss.cat/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=1519 Exemplars
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